Percepciones
En esta sección se pueden expresar las percepciones aplicables. Al presionar en “Percepciones“, se abre una nueva ventana, ingresa la información requerida y presiona en “Agregar“.
Atención. Al clasificar percepciones o deducciones como gravados o exentos, se debe tener cuidado en sólo clasificar como gravados los conceptos que así lo sean en términos de las disposiciones legales aplicables. “Los premios por puntualidad no son ingresos exentos, son totalmente gravados”. SAT guía de llenado página 42 – Nodo:Percepciones.
A continuación se explican los campos del apartado percepciones:
- Tipo de percepción: Se debe seleccionar el tipo de percepción bajo la cual se clasifica cada una de las percepciones pagadas al trabajador. Las opciones que observas, son la descripción de la clave que el SAT designa para cada tipo de percepción; al seleccionar una, el sistema agrega la clave que le corresponde, esta clave está designada por el SAT.

Si deseas revisar las claves actuales para los tipos de percepción y deducciones que el SAT propone, lo puedes revisar aquí.
- Clave: Se debe registrar la clave de control interno que asigna el patrón a cada percepción de nómina propia de su contabilidad, puede conformarse desde 3 hasta 15 caracteres.
Nota. En el campo Clave, ingresa la clave de control interno que lleves en tu contabilidad para cada percepción, deducción u otro pago. Ésta debe estar compuesta desde 3 hasta 15 caracteres.
- Descripción: Se debe registrar la descripción de cada uno de los conceptos de percepción. Se ingresa el nombre o descripción específica que dé el patrón de cada uno de los conceptos de percepción pagado al trabajador que corresponda, esta descripción puede o no coincidir con el tipo de percepción seleccionado.
- Importe gravado: Se debe registrar el importe gravado por cada concepto de percepción pagada al trabajador de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables. El importe gravado debe ser mayor a cero.
- Importe exento: Se debe registrar el importe exento por cada concepto de percepción pagada al trabajador de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables. El importe exento debe ser mayor a cero.
Al presionar en el botón “Agregar“, se verá reflejada la información ingresada en el empleado correspondiente. Es posible Editar o Eliminar la información que ya se agregó.

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